El viernes tuvo lugar una concentración en la plaza Sant Jaume de Barcelona (en Madrid también hubo, pero yo acudí a la de Barcelona) en la que usuarios anónimos mostraban su disconformidad por la posible nueva ley de regulación de contenidos de internet.
La convocatoria se inició desde un grupo de facebook y acudieron al rededor de 200 personas y algún que otro medio de comunicación.
Un amigo se encargó de imprimir 225 manifiestos y varias pegatinas, las cuales repartimos por ahí. Me hizo gracia porque como eramos los únicos con material, los medios nos preguntaban a nosotros si eramos de la "organización", cuando no había tal cosa ya que era una reunión de usuarios anónimos.
He de decir que salimos en los medios xD, en la página 2 del diarío de ayer de ElPeriodico de Cataluña y en el vídeo que hizo la versión digital de LaVanguardia.
Las pegatinas tuvieron bastante éxito y había varias: SINDErechos (que fue la que más triunfó), Experto, Expert Independent, Contenidos: Nosotros...
Y el manifiesto decía lo siguiente:
"Una red neutral es aquella que está libre de restricciones en las clases de equipamiento que pueden ser usadas y los modos de comunicación permitido, que no restringe el contenido, sitios y plataformas, y donde la comunicación no está irrazonablemente degradada por otras comunicaciones." Wikipedia.
" Una comisión de ámbito nacional integrada por expertos independientes será la encargada de la salvaguarda de derechos de autor en Internet. Se llamará Comisión de Propiedad Intelectual y tendrá unos poderes hasta ahora inéditos para un órgano administrativo, puesto que suya será la potestad de bloquear las páginas web." El País, 2 de Diciembre de 2009.
Manifiesto "En defensa de los derechos fundamentales en Internet"
1.- Los derechos de autor no pueden situarse or encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.
2.- La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierra sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos un órgano no judicial -un organismo dependiente del ministerio de Cultura-, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.
3.- La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español,perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.
4.- La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.
5.- Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista.
6.- Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.
7.- Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciados por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.
8.- Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.
9.- Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.
10.- En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.
FIN.
Así que eso amigos, no dejemos que nos censuren.
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